CONCESIONES PARA EL USO, APROVECHAMIENTO O EXPLOTACIÓN DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO. TANTO LAS DESTINADAS PARA USO COMERCIAL, COMO AQUELLAS PARA USO PRIVADO, SE OTORGARÁN ÚNICAMENTE A TRAVÉS DE LICITACIÓN PÚBLICA (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 78, PRIMER PÁRRAFO, DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN).
El primer párrafo del artículo 78 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 2014 dispone: "Las concesiones para el uso, aprovechamiento o explotación del espectro radioeléctrico para uso comercial o privado, en este último caso para los propósitos previstos en el artículo 76, fracción III, inciso a), se otorgarán únicamente a través de un procedimiento de licitación pública previo pago de una contraprestación...", para lo cual, deberán observarse los criterios constitucionales y legales correspondientes. Así, la redacción anterior presenta dos sustantivos que funcionan como núcleos del sujeto, los cuales son, en su extensión determinada, los siguientes: a) concesiones para el uso, aprovechamiento o explotación del espectro radioeléctrico para uso comercial; y, b) concesiones para el uso, aprovechamiento o explotación del espectro radioeléctrico para uso privado, con propósitos de comunicación privada. Asimismo, se emplea una sola perífrasis verbal que funciona como único verbo ("se otorgarán"); de ahí que la locución adverbial "únicamente a través de un procedimiento de licitación pública", que funciona como complemento regido o de régimen del verbo señalado, se dirige a ambos sustantivos, pues por razones de estricta concordancia gramatical, no resulta dable disociar el mandato contenido en el aludido grupo verbal, de los dos sustantivos que conforman el núcleo del sujeto al que se encuentran vinculados, dado que constituyen una unidad sintáctica. En consecuencia, la conjunción disyuntiva "o" empleada en la redacción de la porción normativa citada, debe entenderse en el sentido de que, tanto las concesiones para uso comercial, como las destinadas para uso privado, con propósitos de comunicación privada, únicamente se otorgarán a través de licitación pública.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2012143-415f4a37/concesiones-para-el-uso-aprovechamiento-o-explotacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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