Corpus
Modo: Corpus Pro

VIOLACIONES PROCESALES. PROCEDE SU ESTUDIO EN POSTERIOR AMPARO QUE SE INSTE CONTRA EL LAUDO SI EN UNO PREVIO NO SE ABORDÓ EL FONDO DEL ASUNTO, AL CONCEDERSE LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL PARA RECABAR CONSTANCIAS QUE NO HABÍA ENVIADO LA RESPONSABLE.

Clave: I.13o.T.24 K (10a.) · Registro digital (IUS): 2012225 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 33, Agosto de 2016; Tomo IV; Pág. 2831

Si en un primer juicio de amparo directo promovido contra un laudo se advirtió que en éste se valoraron pruebas que no obraban agregadas a los autos laborales, porque no fueron enviadas por la responsable al rendir su informe justificado y con base en eso se concedió la protección constitucional, ello significa que el Tribunal Colegiado de Circuito consideró inválido el laudo y, por ende, se encontraba impedido para analizar, tanto la existencia de posibles violaciones al procedimiento, como el fondo del asunto, sin que ello contraviniera los artículos 174 y 189 de la Ley de Amparo, en cuanto a que desde el primer juicio de amparo deben hacerse valer y examinarse todas las violaciones procesales que se estime se cometieron porque, de lo contrario, se tendrían por consentidas; lo anterior, dada la falta de constancias que trajo como consecuencia que se considerara la invalidez de la actuación. En consecuencia, en el juicio de amparo que se inste contra el laudo subsecuente, procede abordar el estudio de las violaciones procesales que se pudieren alegar, incluso, desde la omisión de requerir al actor para que aclare la demanda, advertida en suplencia de la queja, con independencia de a quién corresponda la carga probatoria por la manera en que se proponga la litis.

DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2012225-772d67e0/violaciones-procesales-procede-su-estudio-en-posterior-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1078/2015. 18 de marzo de 2016. Mayoría de votos. Disidente: Héctor Landa Razo. Ponente: José Manuel Hernández Saldaña. Secretario: Agustín de Jesús Ortiz Garzón.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.