CODEMANDADOS EN JUICIO LABORAL. SI SOLO UNO DE ELLOS RECONOCE LA RELACION LABORAL, LA ABSOLUCION DEL QUE LA NEGO ES CORRECTA.
Si el trabajador ejercita su acción en contra de dos demandados, y sólo uno de ellos reconoce la relación laboral, la absolución decretada a la codemandada es correcta, pues no se está dejando al accionante en estado de indefensión, habida cuenta de que los derechos de éste, acreditados en autos, y derivados de la relación laboral, quedaron protegidos por el reconocimiento mismo que de la relación de trabajo hizo la persona que se ostentó con el carácter de patrón; librando al resto de los codemandados de las obligaciones consecuentes de ésta.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/201355-58eb6377/codemandados-en-juicio-laboral-si-solo-uno-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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