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VERIFICACIÓN PREVISTA EN LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN. LA AUTORIDAD ESTÁ OBLIGADA A RECABAR DOS MUESTRAS DE LOS PRODUCTOS REVISADOS SÓLO CUANDO, POR LA NATURALEZA DE ÉSTOS Y PARA CUMPLIR EL FIN DE AQUÉLLA, SE REQUIERA REALIZAR PRUEBAS CIENTÍFICAS O DE LABORATORIO.

Clave: I.7o.A.169 A (10a.) · Registro digital (IUS): 2016899 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 54, Mayo de 2018; Tomo III; Pág. 2853

Del artículo 102 del ordenamiento citado no se advierte expresamente que la toma de muestras por duplicado únicamente procede cuando se necesiten pruebas científicas o de laboratorio. Sin embargo, debe tomarse en cuenta el lenguaje empleado por el legislador en el texto completo de ese precepto, para concluir que la toma de dos muestras de los productos revisados se requiere cuando, debido a su naturaleza, hay que realizar estudios científicos o de laboratorio, pues en su párrafo segundo establece que, a petición del interesado, se practicará la segunda verificación en los laboratorios con la muestra restante, es decir, en caso de que la primera se haya analizado también en aquéllos, al señalar: "Si de la primera verificación se aprecia incumplimiento a la norma oficial mexicana respectiva o en el contenido neto o masa drenada, se repetirá la verificación si así se solicita, sobre el otro tanto de las muestras en laboratorio acreditado diverso y previa notificación al solicitante.". En ese sentido, la autoridad administrativa no tiene obligación de recabar dos muestras si, para cumplir el fin de la verificación, no se necesita llevar a cabo ese tipo de exámenes, como acontece, por ejemplo, cuando se conoce el contenido neto de la mercancía por instrumentos de medición.

SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2016899-99684c38/verificacion-prevista-en-la-ley-federal-sobre-metrologia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 214/2016. Petro Gas, S.A. de C.V. 30 de junio de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandro Sergio González Bernabé. Secretario: Gustavo Naranjo Espinosa.

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