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RECURSO DE QUEJA EN AMPARO INDIRECTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO E), DE LA LEY DE LA MATERIA. PROCEDE CONTRA EL AUTO QUE PREVIENE AL QUEJOSO PARA RATIFICAR EL CONTENIDO Y LA FIRMA DE LA DEMANDA PRESENTADA CONTRA LA ORDEN DE APREHENSIÓN, APERCIBIDO QUE DE NO CUMPLIR, SE TENDRÁ POR NO PRESENTADA.

Clave: XIII.P.A.44 P (10a.) · Registro digital (IUS): 2017705 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 57, Agosto de 2018; Tomo III; Pág. 3032

Conforme al precepto mencionado, el recurso de queja en amparo indirecto procede, entre otros casos, contra resoluciones que se dicten durante la tramitación del juicio de amparo que no admitan expresamente el recurso de revisión y que por su naturaleza trascendental y grave puedan causar perjuicio a alguna de las partes, no reparable en la sentencia definitiva. Ahora bien, si en el juicio de amparo se reclama una orden de aprehensión, y el Juez de Distrito previene al quejoso para ratificar la firma y contenido de la demanda, con el apercibimiento de que, de no hacerlo, se tendrá por no presentada, esa resolución es de naturaleza trascendental y grave, no reparable en la sentencia definitiva, pues acudir a la diligencia de ratificación podría tener como consecuencia que el mandamiento de captura sea ejecutado, destruyendo con ello la materia de la litis en el juicio de amparo, por lo que procede el recurso de queja.

TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2017705-c29a6e03/recurso-de-queja-en-amparo-indirecto-previsto-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 94/2018. 14 de junio de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: David Gustavo León Hernández. Secretaria: Edna Matus Ulloa. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 184/2023 del índice de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de presidencia de 26 de junio de 2023.

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