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Modo: Corpus Pro

CÉDULA DE PUBLICITACIÓN VECINAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 94 QUATER DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL (ACTUALMENTE CIUDAD DE MÉXICO). ES IMPROCEDENTE CONCEDER LA SUSPENSIÓN EN EL AMPARO PARA AUTORIZAR PUBLICARLA EN VERSIÓN PÚBLICA.

Clave: I.18o.A.105 A (10a.) · Registro digital (IUS): 2018942 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 62, Enero de 2019; Tomo IV; Pág. 2329

La cédula de publicitación vecinal que debe fijarse en lugar visible al exterior del predio a modificar o construir por el interesado en obtener una manifestación de construcción debe contener, conforme al precepto mencionado, los datos relevantes para dar a conocer las obras a realizar incluida la información de las empresas responsables, los terceros contratados y los proyectos a desarrollar, la cual, en principio puede considerarse como información reservada; sin embargo, en virtud de que dicha cédula tiene por objeto informar a la sociedad sobre esas obras para que los afectados estén en posibilidad de ejercer su derecho de inconformidad, la suspensión en el amparo no puede concederse para autorizar publicar la cédula en versión publica, es decir, con la supresión de datos personales, pues ello trastocaría el interés social que subyace en informar a los vecinos de la construcción o modificación de una obra para que puedan ejercer su derecho a denunciar las irregularidades advertidas. Además, debe tomarse en consideración que los responsables del proyecto tienen la obligación de ajustarse a los parámetros legales al llevarlo a cabo, lo cual debe vigilarse por las autoridades, por ser de orden público y, por estas razones, también es improcedente otorgar la suspensión en el amparo en los términos señalados.

DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2018942-e1fe10f0/cedula-de-publicitacion-vecinal-prevista-en-el-articulo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Incidente de suspensión (revisión) 338/2017. Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México y otros. 16 de noviembre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Cruz Espinosa. Secretaria: Martha Eugenia Magaña López.

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