DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR. PARÁMETROS DE LA DISCRECIONALIDAD PARA FIJAR EL MONTO DE LAS MULTAS RELATIVAS, EN RELACIÓN CON LA PRESUNCIÓN DE LEGALIDAD DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS Y LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD.
La finalidad del derecho administrativo sancionador es satisfacer, de la mejor manera, los intereses generales, incluyendo como objetivo fundamental obtener la regularidad en la conducta de los gobernados, de acuerdo con la normativa que protege y fomenta determinados bienes públicos, para alcanzar los fines que establece como situaciones deseables. Lo anterior dentro de un margen donde concurren facultades regladas y de arbitrio, sujetas al principio de proporcionalidad, lo que determina que las sanciones deben ser adecuadas, necesarias y proporcionales al propósito perseguido, a la importancia de los valores involucrados y a la repercusión de la conducta que pretende normarse. En ese contexto, como un factor esencial para acatar la obligación que recae sobre la autoridad de fundar y motivar sus decisiones, ésta debe explicitar el parámetro conforme al cual habrán de imponerse las sanciones económicas. Así, el que la autoridad goce de un margen de discrecionalidad para fijar el monto de las multas entre los límites previstos en la norma, no supone un actuar arbitrario, sino que debe ser una decisión suficientemente justificada, con arreglo a parámetros claros y que pondere las circunstancias concurrentes, para encontrar el punto de equilibrio entre los hechos imputados como faltas o infracciones, la responsabilidad exigida y los propósitos disuasorios; de ahí que cuando la norma habilitante en derecho administrativo sancionador da pauta para amplias elecciones del operador, aunado a la presunción de legalidad de los actos administrativos y a la aplicación del principio aludido, conlleva también una completa, adecuada y precisa motivación que razonablemente dé cuenta del arbitrio ejercido. Lo anterior, sin caer en una exigencia irrazonable o excesiva hacia la autoridad de motivar, más allá de lo indispensable, para permitir cuestionamientos básicos y no exagerados, sino pertinentes al caso concreto, señalando el porqué de la sanción impuesta, tomando como base que los actos de autoridad gozan de una presunción de validez que debe ser derrotada o destruida, no sólo objetada sin argumentos suficientes.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2020894-8461aa9b/derecho-administrativo-sancionador-parametros-de-la-discrecionalidad-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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