DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN LABORAL EN EL PROCEDIMIENTO BUROCRÁTICO. NO REQUIERE LA RATIFICACIÓN DEL PODERDANTE NI DEL MANDATARIO LEGALMENTE FACULTADO PARA ELLO (LEY ESTATAL DEL SERVICIO CIVIL DE VERACRUZ).
Si el apoderado de un trabajador se encuentra expresamente autorizado por éste para que en su nombre y representación desista de la demanda laboral respectiva, resulta innecesaria la ratificación del escrito de desistimiento, en tanto la Ley Estatal del Servicio Civil de Veracruz no prevé –como sí lo hace expresamente, por ejemplo, la Ley de Amparo– esa figura jurídica, incluso, aun en el caso de que dicho apoderado no comparezca personalmente a las audiencias que se celebren en el juicio, pues basta la presentación de ese ocurso, desde luego, sin que sea objetado de falso (en cuyo caso debe ser probada la mendacidad correlativa), para que la autoridad del trabajo lo tenga por cierto y acuerde lo que en derecho corresponda. Esto es, ningún precepto del ordenamiento en consulta faculta al juzgador a condicionar la procedencia del desistimiento hecho por el mandatario con poder suficiente para ello, a la ratificación de éste o del poderdante. De actuar en diverso sentido, el tribunal se extralimitaría en sus funciones al no tener por desistido al trabajador sin más trámites, y al disponer que ratificado que fuera por éste el desistimiento formulado por su apoderado, se acordaría lo conducente, ya que con tal actitud se desnaturalizarían los alcances de las facultades del mandatario, al supeditar las consecuencias jurídicas de los actos que realiza por poder, a la ratificación de éste o de su representado, lo cual, de aceptarse, podría llevar al absurdo de que todos los actos ejecutados por apoderado requieran de la ratificación de éste o el otorgante del poder respectivo para que logren validez, lo que obviamente está en contraposición con la naturaleza misma del mandato.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2021330-406c2f21/desistimiento-de-la-accion-laboral-en-el-procedimiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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