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ACCESO A LA JUSTICIA. LA JUNTA RESPONSABLE VIOLA ESE DERECHO HUMANO CUANDO ARCHIVA EL EXPEDIENTE ANTE LA IMPOSIBILIDAD DE EMPLAZAR AL DEMANDADO ATRIBUIBLE A SUS PROPIAS OMISIONES Y DILACIONES.

Clave: I.14o.T.34 L (10a.) · Registro digital (IUS): 2022257 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 79, Octubre de 2020; Tomo III; Pág. 1777

Es inconstitucional el auto que hace efectivo el apercibimiento y da por terminado un juicio laboral y ordena el archivo del expediente ante la imposibilidad de emplazar a la demandada, si de autos se advierte que el trabajador acreditó la existencia de un domicilio cierto del demandado cuando el emplazamiento no haya podido llevarse a cabo por la comisión de imprecisiones en la denominación de la demandada y dilaciones excesivas atribuibles a la Junta responsable, que han retardado considerablemente el inicio del proceso laboral; por lo cual debe otorgarse la protección constitucional para el efecto de que la responsable agote las posibilidades de conocer el domicilio actual y correcto de la demandada requiriendo a las instituciones públicas pertinentes a esos efectos, sin que resulte aplicable la jurisprudencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de título y subtítulo: "EMPLAZAMIENTO AL JUICIO LABORAL. PROCEDIMIENTO A SEGUIR POR LA JUNTA CUANDO NO LO LOGRA REALIZAR EN EL DOMICILIO DESIGNADO POR EL ACTOR TRATÁNDOSE DE UN SOLO DEMANDADO.", porque se refiere a la hipótesis de que el actor no hubiera proporcionado un domicilio cierto para llevar a cabo el emplazamiento del demandado o lo hubiera aportado incorrectamente.

DÉCIMO CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2022257-36ecb1e1/acceso-a-la-justicia-la-junta-responsable-viola · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1185/2019. 30 de enero de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Silva García. Secretaria: Copelia Frida Zamorano Marín. Amparo directo 1291/2019. 13 de febrero de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Silva García. Secretaria: Copelia Frida Zamorano Marín. Nota: La tesis de jurisprudencia citada, aparece publicada con el número de identificación 2a./J. 126/2016 (10a.) en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 18 de noviembre de 2016 a las 10:29 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 36, Tomo II, noviembre de 2016, página 1364, con número de registro digital: 2013079.

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