Corpus
Modo: Corpus Pro

ACCION REIVINDICATORIA. AL EJERCITAR LA, EL ACTOR DEBE DEMOSTRAR LOS EXTREMOS DE SU ACCION, SO PENA DE PERDER LA PROPIEDAD EN FAVOR DEL POSEEDOR DEMANDADO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE SONORA).

Clave: V.2o.25 C · Registro digital (IUS): 202568 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Abril de 1996; Pág. 323

Cuando el promovente de una acción reivindicatoria no demuestre los extremos de su acción como lo exige el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Sonora, por imperativo del artículo 672 del mismo Código, la sentencia que se emita tendrá como consecuencia que el actor reivindicante pierda la propiedad del inmueble en litigio en favor del demandado poseedor, sin que sea necesario que el juzgador se ocupe del análisis de la calidad de la posesión que ostente dicho demandado.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/202568-42fd433f/accion-reivindicatoria-al-ejercitar-la-el-actor-debe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 69/96. Industria Operadora y Comercializadora de Culiacán, S.A. de C.V. 20 de marzo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Rivas Pérez. Secretario: José Luis Hernández Ochoa.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.