PECULADO. NO SE PIERDE EL CARACTER DE SERVIDOR PUBLICO CON LA EXPEDICION DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO.
Con motivo del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de julio de mil novecientos noventa, a través del cual se expidió la Ley de Instituciones de Crédito, en la que se especificó la necesidad de transformar las sociedades nacionales de crédito en sociedades anónimas, no se determinó a partir de qué momento la transformación citada surtiría sus efectos, ya que para ello la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, estableció lineamientos y precisó los actos necesarios para el desarrollo del procedimiento de la citada transformación, razón por la cual los trabajadores al servicio de las sociedades nacionales de crédito al transformarse en anónimas, no dejaron de tener el carácter de servidores públicos, sino hasta que la citada Secretaría estableció en cada una de ellas los lineamientos a los que se debería de ceñir la transformación, y señalar la fecha en que surtiría sus efectos la misma.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/202718-4659a136/peculado-no-se-pierde-el-caracter-de-servidor · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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