PROCEDIMIENTO JUDICIAL EN MATERIA DEL DERECHO DE RÉPLICA. LA LITIS SE FIJA DURANTE LA ETAPA EXTRAJUDICIAL ANTE EL SUJETO OBLIGADO.
Hechos: Un particular que contendía por una diputación federal solicitó a un medio de comunicación la réplica de una nota en la que se expresaba que había sido detenido en 2016 y que era operador de un funcionario de alto rango; la réplica consistía en informar que, a pesar de la detención, no había sido vinculado a proceso y que no era operador del funcionario; el medio de comunicación se negó a publicar la réplica sobre la base de que se trataba de información oficial y, por lo que hace a que era operador de una diversa persona, adujo que se trataba de información corroborada en diversas fuentes; ante dicha negativa el particular inició la etapa judicial del procedimiento de réplica, que culminó en una sentencia que condenaba al sujeto obligado a publicar parcialmente la réplica solicitada, el fallo fue recurrido y el tribunal de apelación concluyó que la réplica debía publicarse en el sentido de que el replicante no había sido vinculado a proceso por su detención y, además, que no era operador jurídico del alto funcionario aludido.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la litis del procedimiento judicial en materia del derecho de réplica se fija durante la etapa extrajudicial ante el sujeto obligado.
Justificación: Lo anterior, porque tratándose del derecho de réplica, la litis se fija durante el procedimiento llevado a cabo ante el sujeto obligado, pues es en esta etapa en donde el presunto afectado solicita al medio que se publique la réplica que, en su concepto, corresponde ante la inexactitud o falsedad de la información publicada y, en el mismo sentido, es durante dicho procedimiento que el sujeto obligado tiene la oportunidad de negarse a publicar la réplica, ya sea porque ésta no cumple con los requisitos de forma exigidos por la ley, o en virtud de que la misma resulta improcedente por ubicarse en alguno de los supuestos del artículo 19 de la Ley Reglamentaria del Artículo 6o., Párrafo Primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia del Derecho de Réplica, cuestiones que eventualmente serán revisadas y examinadas en la etapa judicial del procedimiento de réplica para determinar si ésta debe o no mandarse a publicar, por lo que al ser la oportunidad procesal para solicitar la publicación de la réplica y para oponerse a la publicación de la misma, resulta inconcuso que la controversia se fija a la luz de lo ahí actuado.
DÉCIMO QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2027748-2123f061/procedimiento-judicial-en-materia-del-derecho-de-replica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PROCEDIMIENTO JUDICIAL EN MATERIA DEL DERECHO DE RÉPLICA. AL SER DE LITIS CERRADA, EL JUEZ TIENE VEDADO MODIFICAR LA SOLICITUD DE RÉPLICA PRESENTADA ANTE EL SUJETO OBLIGADO DURANTE (I.15o.C.11 C (11a.))
- PROCEDIMIENTO JUDICIAL EN MATERIA DEL DERECHO DE RÉPLICA. AL SER DE LITIS CERRADA, EL JUEZ TIENE VEDADO MODIFICAR O VARIAR LAS RAZONES POR LAS QUE INICIALMENTE EL SUJETO OBLIGADO S (I.15o.C.12 C (11a.))
- DERECHO DE RÉPLICA. SU EJERCICIO CUENTA CON DOS ETAPAS DIFERENCIADAS Y SUCESIVAS, POR LO QUE PARA INICIAR EL PROCEDIMIENTO JUDICIAL RELATIVO, DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE LA PRIMERA A (I.15o.C.8 C (11a.))
- PROCEDIMIENTO JUDICIAL EN MATERIA DEL DERECHO DE RÉPLICA. LA CARGA DE PROBAR LA FALSEDAD O INEXACTITUD DE LA INFORMACIÓN PUBLICADA LE CORRESPONDE AL PROMOVENTE DE LA RÉPLICA. (I.15o.C.13 C (11a.))
- DERECHO DE RÉPLICA. PARA QUE A "CUALQUIER OTRO EMISOR DE INFORMACIÓN RESPONSABLE DEL CONTENIDO ORIGINAL" LE REVISTA EL CARÁCTER DE SUJETO OBLIGADO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 4o. DE (XVII.2o.4 C (11a.))
- DERECHO DE RÉPLICA. LA SUMARIEDAD DEL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA LEY DE LA MATERIA DEBE APRECIARSE EN BENEFICIO DEL INTERESADO EN LA RECTIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN QUE LE AGRAVI ((XI Región)2o.6 C (10a.))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis