DESPENSA, PAGO DE LA. ES PARTE INTEGRANTE DEL SALARIO.
El artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo, en lo conducente, establece que el salario se integra con: "... prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo"; por tanto, si la despensa es una prestación contractual que se entrega a los trabajadores por su trabajo, en forma constante y permanente, ello determina que esta prestación deba considerarse como integrante del salario.
OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/202934-2163bc9b/despensa-pago-de-la-es-parte-integrante-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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