IMPUESTO A LA EMISIÓN DE GASES CONTAMINANTES A LA ATMÓSFERA EN EL ESTADO DE MÉXICO. SU BASE ESTÁ RELACIONADA CON LA CANTIDAD DE EMISIONES DE GASES QUE SE DESECHAN A LA ATMÓSFERA.
Hechos: Diversas personas jurídicas promovieron amparo indirecto contra los artículos 69 S al 69 S Sexies del Código Financiero del Estado de México y Municipios que gravan la emisión de gases a la atmósfera, al considerar que se invade la esfera competencial del Congreso de la Unión en materia tributaria.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la base del impuesto a la emisión de gases contaminantes a la atmósfera en el Estado de México está relacionada con la cantidad de emisiones de gases que se desechan a la atmósfera, incluyendo las derivadas del consumo de energía eléctrica y térmica.
Justificación: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el amparo en revisión 1071/2018, sostuvo que la base de los impuestos ecológicos se relaciona con la cantidad de emisiones de gases que de manera directa e indirecta se desechan a la atmósfera, por la utilización del ambiente, así como por el consumo de un recurso ambiental o de una fuente de energía. Si se considera que estos impuestos gravan actividades que generan impactos negativos en el medio ambiente con el objetivo de desincentivarlos y promover prácticas más sostenibles, es evidente que su base se encuentra estrechamente vinculada con la cantidad de emisiones de gases contaminantes a la atmósfera. Por ende, si los compuestos y gases de efecto invernadero se generan como consecuencia del consumo de energía eléctrica y térmica derivado de diversas actividades o procesos, es necesario que el hecho y la base imponible tomen en consideración unidades físicas sobre las cuales se tenga certeza de su consumo. Si el consumo de energía se ha identificado como una de las principales causas de emisiones contaminantes, entonces la cuantificación del consumo de energía, medida en megawatts por hora (MWh), proporciona un parámetro claro y objetivo de la cantidad de gases contaminantes que se generan, usando únicamente como referencia el consumo de energía.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2030753-3641e2f1/impuesto-a-la-emision-de-gases-contaminantes-a · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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