Corpus
Modo: Corpus Pro

SUBSTITUCION DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD POR MULTA. REGLA APLICABLE.

Clave: I.1o.P.4 P · Registro digital (IUS): 203091 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Marzo de 1996; Pág. 1025

Para los efectos de la substitución de la pena de prisión por multa es inequitativo que se tome como referencia para fijar esta última, lo prevenido por el párrafo segundo del artículo 29 del Código Penal que determina que la multa directa no debe ser superior a 500 días multa, ya que este párrafo no es el aplicable para la substitución de pena privativa de libertad, pues en este caso debe observarse la regla genérica de que un día multa saldará un día de prisión, previsto en el párrafo séptimo del propio artículo 29, sin importar el máximo que resulte, dado que ésta sería la única fórmula equitativa atendiendo precisamente a los motivos que impulsaron la reforma penal en este aspecto, la cual se refería a la búsqueda de equidad al imponer las multas, tomando en cuenta la percepción neta del sentenciado, es decir, todos sus ingresos al momento de consumar el delito; imposición sobre la cual se tiene como límite mínimo del día multa, el equivalente al salario mínimo general vigente en el lugar en que se consumó el delito. Ello sin dejar de observar que cuando el sujeto no pueda pagar la multa, ésta se substituirá por prestación de trabajo en favor de la comunidad o inclusive, dadas las circunstancias del caso, por libertad bajo vigilancia del reo.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/203091-e745d842/substitucion-de-pena-privativa-de-libertad-por-multa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 393/95. Bernardo Chacón Martínez. 17 de mayo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Alfredo Murguía Cámara. Secretario: Ricardo Guzmán Wolffer.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.