PERSONA ADULTA MAYOR EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD. LA PERSONA JUZGADORA DEBE MODULAR LA EJECUCIÓN DEL FALLO QUE AFECTE LA POSESIÓN DEL INMUEBLE QUE OCUPA COMO VIVIENDA, A EFECTO DE SALVAGUARDAR SUS DERECHOS.
Hechos: Contra diversas personas adultas mayores en situación de vulnerabilidad se dictaron órdenes de lanzamiento de los inmuebles que ocupan como vivienda.
Criterio jurídico: La persona juzgadora debe modular la ejecución del fallo que afecte la posesión o vivienda de una persona adulta mayor en situación de vulnerabilidad a efecto de que salvaguarde sus derechos mediante la previsión de medidas tendentes a que no quede en condición de calle, sin techo o sin la asistencia y cuidados que necesita.
Justificación: Las personas adultas mayores tienen derecho a una especial protección y cuidado, que se acentúa cuando se hallan en situación de vulnerabilidad. La protección o tutela jurídica de su posesión o vivienda se encuentra reconocida en el marco normativo internacional y nacional de derechos humanos, especialmente frente a desalojos forzosos y a favor de gozar de una vivienda digna o lugar adecuado para su etapa de vida. Tienen derecho a tener una vejez en condiciones de dignidad, igualdad y no discriminación, así como a recibir los cuidados requeridos por su condición de salud y los propios de su vulnerabilidad. Conforme a ello, el juzgador debe allanar las barreras que impidan respetar y proteger la vida digna y las condiciones de morada de las personas adultas mayores en situación de vulnerabilidad, de modo que si resultan afectadas por resolución judicial o como consecuencia de ésta, deben tomar las medidas que sin frustrar la ejecución de los fallos modulen su ejecución (medidas tendentes a que no queden en condición de calle, sin techo o sin la asistencia y cuidados que necesitan). En general, deben evitar que queden desprotegidas.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2031475-596257e9/persona-adulta-mayor-en-situacion-de-vulnerabilidad-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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