RECURSO DE QUEJA EN AMPARO DIRECTO. LOS ARTÍCULOS 97, FRACCIÓN II, INCISO B), Y 99 DE LA LEY DE AMPARO, AL DISPONER QUE EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEBE RESOLVER EL INTERPUESTO CONTRA LA RESOLUCIÓN DE SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO EMITIDA POR LA RESPONSABLE, NO VIOLAN EL DERECHO HUMANO DE ACCESO A LA JUSTICIA, EN SU VERTIENTE DE ACCESO A UN RECURSO EFECTIVO.
Hechos: Al interponer recurso de queja contra la resolución de suspensión del acto reclamado emitida por la autoridad laboral, la parte recurrente solicitó la inaplicación de los artículos referidos al considerar que contravienen el derecho humano de acceso a la justicia, en su vertiente de acceso a un recurso efectivo. Consideró que dicho medio de impugnación no es el idóneo para revocar la resolución recurrida, ya que al haberla emitido la responsable como auxiliar de la Justicia Federal, esto es, del Tribunal Colegiado de Circuito, y al ser éste el que resolverá sobre su legalidad, se desconoce la imparcialidad de las decisiones judiciales.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que los artículos 97, fracción II, inciso b), y 99 de la Ley de Amparo, al disponer que el Tribunal Colegiado de Circuito debe resolver el recurso de queja interpuesto contra la resolución de suspensión del acto reclamado emitida por la responsable, no violan el derecho humano de acceso a la justicia, en su vertiente de acceso a un recurso efectivo.
Justificación: Conforme al artículo 190 de la Ley de Amparo, corresponde a la autoridad responsable, actuando como auxiliar de la Justicia Federal, pronunciarse sobre la suspensión del acto reclamado en amparo directo. El propósito de ello atiende a la naturaleza, finalidad y premura de detener la ejecución de los actos de autoridad que la persona justiciable considera violatorios y que además permitan preservar la materia del amparo. Por lo cual, puede afirmarse que, en tanto la responsable actúa como auxiliar del Tribunal Colegiado, sus atribuciones se encuentran contenidas y delimitadas para realizar los actos que expresamente dispone la ley de la materia. Lo anterior permite concluir que se trata de entes jurisdiccionales claramente diferenciados, pues ambos son autónomos e independientes para adoptar sus fallos. En este sentido, que la autoridad responsable emisora del acto sea la que se pronuncie sobre la medida cautelar, y que quien conoce del recurso interpuesto contra tal determinación sea un Tribunal Colegiado de Circuito, no torna inconstitucional dicho sistema defensivo, en tanto permite producir el resultado para el que ha sido concebido, pues el recurrente puede lograr la modificación o revocación de la resolución que estime errónea.
DÉCIMO CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2032059-58a50c50/recurso-de-queja-en-amparo-directo-los-articulos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- RECURSO DE QUEJA EN AMPARO DIRECTO. PROCEDE CONTRA LA RESOLUCIÓN DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE EN LA QUE ORDENA LA FORMA EN LA CUAL DEBE PRACTICARSE EL EMPLAZAMIENTO A LA PARTE TERCE (I.11o.C.42 K (11a.))
- RECURSO DE QUEJA EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO. MOMENTO A PARTIR DEL CUAL PUEDE INTERPONERSE CONTRA LA RESOLUCIÓN DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE QUE PROVEE SOBRE LA SUSPENSIÓN DEL AC (III.3o.P.1 K (11a.))
- RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN II, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO. PROCEDE CONTRA LA MODIFICACIÓN O REVOCACIÓN DE LA SUSPENSIÓN DE LA SENTENCIA RECLAMADA POR (VII.2o.T.8 K (11a.))
- QUEJA CONTRA LA OMISIÓN DE LA RESPONSABLE DE PROVEER RESPECTO DE LA SUSPENSIÓN EN EL AMPARO DIRECTO. EL TRIBUNAL COLEGIADO DEL CONOCIMIENTO, AL NO EXISTIR REENVÍO, DEBE ASUMIR PLEN (III.2o.C.2 K (10a.))
- LEGITIMACIÓN EN EL RECURSO DE QUEJA EN AMPARO INDIRECTO. CARECE DE ELLA LA AUTORIDAD RESPONSABLE CUANDO LA SUSPENSIÓN SE CONCEDIÓ RESPECTO DE ACTOS DE DIVERSA AUTORIDAD Y PARA EFEC (III.5o.A. J/3 K (11a.))
- RECURSO DE QUEJA CONTRA EL AUTO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE EN EL QUE ORDENA LA FORMA EN LA CUAL DEBE EMPLAZARSE A LA PARTE TERCERA INTERESADA AL AMPARO DIRECTO. QUEDA SIN MATERIA (I.11o.C.41 K (11a.))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis