Corpus
Modo: Corpus Pro

MORA. CUANDO NO SE SEÑALA VENCIMIENTO DE PAGO EN EL CONTRATO, INEXISTENCIA DE.

Clave: II.2o.C.T.6 C · Registro digital (IUS): 204558 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Agosto de 1995; Pág. 560

En el contrato de venta a plazos deben señalarse las fechas de vencimiento de los pagos pactados, así como la pena para el caso de que se incurra en mora; sin embargo, si en el contrato base de la acción no se estipularon las fechas de vencimiento, aunque la parte obligada haya dejado de cumplir con los pagos correspondientes, no se puede considerar que haya caído en mora, por no existir fecha precisa de pago.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/204558-b4f89e65/mora-cuando-no-se-senala-vencimiento-de-pago · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 674/95. Jorge Corona Chávez. 5 de julio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretaria: E. Laura Rojas Vargas.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.