COMPRAVENTA A PLAZOS. EFECTOS DE LA MORA EN EL PAGO.
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que al celebrarse un contrato de compraventa, en donde el adquirente tomó posesión de la cosa y pagó parte del precio, pero convino en cubrir el saldo en determinada fecha, tiene derecho a pedir el otorgamiento de la escritura en forma legal, previa liquidación del adeudo y el vendedor está obligado a otorgarla, salvo el caso de mora, en el cual tiene derecho a recibir los intereses correspondientes. Sin embargo, la misma Sala ha considerado aplicable tal criterio cuando el comprador exhibió el débito acordado, pero si no lo cubre, el vendedor está en aptitud de exigir la rescisión del contrato.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/223761-f8259f83/compraventa-a-plazos-efectos-de-la-mora-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COMPRAVENTA A PLAZOS. EFECTOS EN LA MORA EN EL PAGO. (s/clave)
- COMPRAVENTA A PLAZOS. EFECTOS DE LA MORA EN EL PAGO. (s/clave)
- COMPRAVENTA A PLAZOS. EFECTOS DE LA MORA EN EL PAGO. (s/clave)
- COMPRAVENTA A PLAZOS. EFECTOS DE LA MORA EN EL PAGO. (II.2o.61 C)
- COMPRAVENTA A PLAZOS, MORA EN EL PAGO. (s/clave)
- COMPRAVENTA A PLAZOS. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE. (IV. 3o. 139 C)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis