COMPRAVENTA A PLAZOS. EFECTOS DE LA MORA EN EL PAGO.
Si las partes celebraron un contrato de compraventa, el comprador entró en posesión de la cosa y pagó parte del precio, y se convino en que el saldo sería pagado en determinada fecha, el primero tiene derecho a pedir que se le otorgue la escritura en forma legal, mediante el pago del saldo, y el vendedor está obligado a otorgarla, y sólo tiene derecho, si hubo mora por parte del comprador para pagar el saldo, a recibir los intereses correspondientes a este, pero no está legitimado para pedir la rescisión del contrato.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/242483-b80817d7/compraventa-a-plazos-efectos-de-la-mora-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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