RENUNCIA AL TRABAJO, CARECE DE RELEVANCIA QUE SE EFECTUE UN DOMINGO Y NO CONCEDE DEFENSA ALGUNA.
La renuncia presentada por el actor y aceptada por la demandada, encuadra meridianamente en el artículo 53, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, pues reza este dispositivo normativo que es causa de terminación contractual el mutuo consentimiento, de ahí que no valga en contrario que la fecha de renuncia coincida con un domingo, al no constituir un requisito para la procedencia de la en comento, ello con mayor razón si la dimisión formulada por el empleado es un acto unilateral motu proprio, que puede realizar en cualquier momento.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/205092-5eeb06d6/renuncia-al-trabajo-carece-de-relevancia-que-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- RENUNCIA AL TRABAJO. NO NECESITA REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD. (s/clave)
- RENUNCIA AL TRABAJO, DESEMPEÑO DE LABORES CON POSTERIORIDAD A LA. EFECTO. (I.1o.T.416 L)
- RENUNCIA AL TRABAJO, DEBE CONSTAR DE MANERA INDUBITABLE. (I.6o.T. J/19 (10a.))
- RENUNCIA DEL TRABAJADOR, SON APLICABLES LAS DISPOSICIONES RELATIVAS A LA TERMINACION DE LA RELACION LABORAL POR MUTUO CONSENTIMIENTO. (XVII.2o. 47 L)
- RENUNCIA AL TRABAJO, DEBE CONSTAR DE MANERA INDUBITABLE. (I.6o.T.29 L)
- RENUNCIA DEL TRABAJADOR. VALIDEZ Y EFECTOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis