CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA DE 1974. ES INCONSTITUCIONAL EL DECRETO No. 15 (PUBLICADO EL 10 DE MAYO DE 1990), QUE RESTABLECE LA VIGENCIA DE ESE CODIGO Y DE SUS REFORMAS Y ADICIONES, POR NO SEÑALAR EL TEXTO DE ESTAS NI SUS DATOS DE LOCALIZACION.
El código y sus reformas y adiciones cuya vigencia pretende restablecer el Decreto No. 15, publicado el 10 de mayo de 1990, habían sido derogados en mil novecientos ochenta y nueve, motivo por el cual desde entonces no formaban parte del derecho positivo mexicano, y con ello su cumplimiento había dejado de ser obligatorio por no ser vigente. La obligatoriedad de las normas de derecho positivo, deriva precisamente de su vigencia en el momento en que éstas se aplican, lo que implica la certeza jurídica de que son del conocimiento de sus destinatarios. Consecuentemente, lo que obliga a los gobernados no es la existencia previa de las reformas y adiciones practicadas al código de referencia, sino la norma contenida en el decreto reclamado, la que al no señalar con toda claridad y precisión cuáles son las reformas y adiciones cuya vigencia se pretende restablecer, ni sus datos de localización, resulta vaga e imprecisa, lo que se traduce en una falta de publicación del texto a cumplir que tiene como consecuencia que la norma contenida en el decreto aludido no se haya configurado como tal respecto de los destinatarios, lo que viola las garantías de seguridad y certeza jurídicas contenidas en los artículos 14 y 16 constitucionales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/205400-ae600948/codigo-de-procedimientos-civiles-para-el-estado-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA DE 1974. ES INCONSTITUCIONAL EL DECRETO NÚMERO 15 (PUBLICADO EL 10 DE MAYO DE 1990), QUE RESTABLECE LA VIGENCIA D (618)
- DECLARACIÓN DE PROCEDENCIA (DESAFUERO). EL ARTÍCULO 94, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, NO ES INCONSTITUCIONAL POR NO PREVERLA RESPECTO (P. LVII/2009)
- CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE PUEBLA. CONSTITUCIONALIDAD DE SUS ARTICULOS 1o. Y 3o. (s/clave)
- DEMANDA DE AMPARO. LA OMISIÓN DE NOTIFICAR SU PRESENTACIÓN AL MINISTERIO PÚBLICO QUE ACTÚA EN EL PROCESO, CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS REGLAS ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO QUE AME (XXVI.5o.(V Región) 6 P (10a.))
- LEY DE INSTITUCIONES Y PROCESOS ELECTORALES Y CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. EL DECRETO POR EL QUE SE REFORMARON DICHOS CUERPOS LEGALES FUE EMITIDO VIOLANDO LOS VALORE (P./J. 35/2007)
- LEY DE INSTITUCIONES Y PROCESOS ELECTORALES Y CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. EL DECRETO POR EL QUE SE REFORMARON DICHOS CUERPOS LEGALES FUE EMITIDO VIOLANDO LOS VALORE (132)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis