Corpus
Modo: Corpus Pro

CONCURSO REAL DE DELITOS DEL ORDEN COMUN Y FEDERAL. NO EXISTE ATRACCION DEL FUERO FEDERAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 206250 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 247

Si se está frente a la realización de dos conductas diversas que integraron hipótesis delictivas diferentes, llevadas a cabo en momentos sucesivos y no simultáneos, debe concluirse que se trata de un concurso real y no ideal de delitos y, consecuentemente, la competencia que respecto de uno de tales ilícitos surgió para el fuero federal, no es atrayente respecto del delito del orden común.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/206250-b4c1213f/concurso-real-de-delitos-del-orden-comun-y · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia 194/88. Suscitada entre el Juez Primero de lo Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tlalnepantla, México y el Juez Tercero de Distrito en el Estado de México. 3 de abril de 1989. 5 votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretaria: Consuelo Guadalupe Cruz Ramos. Competencia 22/88. Juez Primero de Distrito en el estado de Oaxaca y Juez Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Etla, Oaxaca. 9 de mayo de 1988. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretaria: Consuelo Guadalupe Cruz Ramos. Octava Epoca, Tomo I, Primera parte, página 183.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.