Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

COPIAS FOTOSTATICAS CERTIFICADAS POR NOTARIO. PARA SU EFICACIA JURIDICA DEBE ASENTARSE EN LA RAZON LA FECHA DE LA MISMA, EL NOMBRE DE LA PERSONA A QUIEN SE EXPIDA Y EL NUMERO DE HOJAS QUE INTEGRAN EL DOCUMENTO DEL CUAL SE DA FE, ASI COMO EL SELLO Y FIRMA DEL FEDATARIO EN CADA HOJA.

Clave: 3a. IX/92 · Registro digital (IUS): 206861 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 31

En los casos en que exista disposición expresa en la Ley del Notariado relativa, en las copias fotostáticas que con certificación notarial se exhiben, para que tengan eficacia jurídica en el juicio y no el valor de meras copias simples, debe asentarse en la razón respectiva de certificación notarial, la fecha de la misma, el nombre de la persona a quien se expida, y en el caso de ser varias las hojas, debe consignarse en dicha razón el dato de su número así como el sello y la firma del fedatario público en cada hoja, en atención al principio de certeza jurídica que debe reunir todo documento público.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/206861-67d2e386/copias-fotostaticas-certificadas-por-notario-para-su-eficacia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1389/91. Petróleos Mexicanos. 9 de diciembre de 1991. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Trinidad Lanz Cárdenas. Secretaria: Susana Alva Chimal.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis