SEGURO, CUMPLIMIENTO DE UN CONTRATO DE. COMPETENCIA DEL JUEZ DEL DOMICILIO DE LA ASEGURADORA SI ASI SE PACTO.
Cuando se reclama el cumplimiento de un contrato de seguro, las cuestiones competenciales deben resolverse de acuerdo con las reglas que señala el Código de Comercio, si el referido contrato lo celebraron dos empresas que están consideradas como mercantiles por el artículo lo., fracciones III y IV, de la Ley de Sociedades Mercantiles, además de que el asunto es de naturaleza mercantil conforme al artículo 75, fracción XVI, del Código citado. Ahora bien, de conformidad con lo establecido por los artículos 1092, 1093 y 1104 del Código de Comercio, es juez competente aquél a quien los litigantes se hubieren sometido expresa o tácitamente, entendiéndose que hay sumisión expresa cuando los interesados renuncian clara y terminantemente al fuero que la ley les concede y designan con toda precisión el juez a quien se someten, y que sea cual fuere la naturaleza del juicio, será preferido a cualquier otro juez el del lugar designado en el contrato para el cumplimiento de la obligación. De acuerdo con estas reglas, si en el contrato de seguro se establece en una de sus cláusulas que en caso de controversia el asegurado podrá ocurrir a los Tribunales competentes del domicilio de la compañía aseguradora, resulta inconcuso que es el juez que ejerza jurisdicción en el mismo quien debe conocer del juicio de que se trata.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/207608-4decd89e/seguro-cumplimiento-de-un-contrato-de-competencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONTRATOS MERCANTILES. (s/clave)
- COMPETENCIA MERCANTIL. ES JUEZ COMPETENTE AQUEL A QUIEN SE SOMETEN LAS PARTES Y A ELECCION DE UNA DE ELLAS. (s/clave)
- COMPETENCIA EN MATERIA MERCANTIL EN UN JUICIO PROMOVIDO POR UN CAUSAHABIENTE. ES COMPETENTE EL TRIBUNAL AL QUE LAS PARTES CONTRATANTES SE HUBIEREN SOMETIDO. (3a. XXXVI/93)
- RESCISION DE CONTRATO, COMPETENCIA EN UN JUICIO ORDINARIO MERCANTIL DE, CUANDO SE DEMANDA A UNA PARTE EN EL MISMO Y A UN TERCERO. CORRESPONDE AL JUEZ DEL LUGAR SEÑALADO PARA CUMPLI (s/clave)
- COMPETENCIA EN UN JUICIO ORDINARIO MERCANTIL. CORRESPONDE AL JUEZ A QUIEN LAS PARTES SE SOMETIERON EN EL CONTRATO. (1a./J. 5/97)
- COMPETENCIA EN UN JUICIO ORDINARIO MERCANTIL. CORRESPONDE AL JUEZ A QUIEN LAS PARTES SE SOMETIERON EN EL CONTRATO. (215)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis