COMPETENCIA. TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA. SUS DEMANDAS LABORALES DEBEN SER RESUELTAS POR EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE PARA LOS EMPLEADOS AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO DE PUEBLA, MIENTRAS LA LEGISLATURA LOCAL EXPIDE LA LEY ESPECIFICA.
La Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Puebla regula las relaciones de trabajo entre dicha entidad y sus servidores, pero el artículo 8o. del citado ordenamiento excluye expresamente a los trabajadores al servicio de la Secretaría de Educación Pública estatal, sin que se haya emitido el estatuto correspondiente. Por tanto como el Congreso del Estado de Puebla no ha cumplido cabalmente con el mandato establecido en el artículo 116, fracción V, de la Constitución Federal pues no ha expedido la ley que regule las relaciones laborales entre la citada Secretaría de Educación Pública y sus empleados, debe establecerse que el Tribunal de Arbitraje para los Empleados al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, es la autoridad a quien corresponde legalmente conocer de las demandas que formulan los empleados de la Secretaría de Educación Pública del propio Estado, pues conforme a los artículos 1o. y 82 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de esa entidad federativa, es a quien compete conocer de los conflictos individuales que se susciten entre los Poderes del Estado y sus empleados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/207759-e3e464da/competencia-trabajadores-al-servicio-de-la-secretaria-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA LABORAL. LA TIENE EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS EN LOS QUE LA SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA ESTATAL, SEA PARTE. (2a. LI/96)
- COMPETENCIA. TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS MUNICIPIOS DE PUEBLA. SUS DEMANDAS LABORALES DEBEN SER RESUELTAS POR EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE ESTATAL, MIENTRAS LA LEGISLATURA EXPIDE L (301)
- COMPETENCIA. TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS MUNICIPIOS DE PUEBLA. SUS DEMANDAS LABORALES DEBEN SER RESUELTAS POR EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE ESTATAL, MIENTRAS LA LEGISLATURA EXPIDE L (81)
- COMPETENCIA. TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS MUNICIPIOS DE PUEBLA. SUS DEMANDAS LABORALES DEBEN SER RESUELTAS POR EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE ESTATAL, MIENTRAS LA LEGISLATURA EXPIDE L (4a./J. 16/91)
- COMPETENCIA. TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS MUNICIPIOS DE PUEBLA. SUS DEMANDAS LABORALES DEBEN SER RESUELTAS POR EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE ESTATAL, MIENTRAS LA LEGISLATURA EXPIDE L (1101)
- COMPETENCIA. TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS MUNICIPIOS DE PUEBLA. SUS DEMANDAS LABORALES DEBEN SER RESUELTAS POR EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE ESTATAL, MIENTRAS LA LEGISLATURA EXPIDE L (132)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis