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RESCISION DE LA RELACION LABORAL, AVISO DE, POR MEDIO DE LA JUNTA. PRODUCE EFECTOS CUANDO EXISTE IMPOSIBILIDAD DE ENTREGARLO PERSONALMENTE AL TRABAJADOR.

Clave: III.T.102 L · Registro digital (IUS): 208788 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 524

Si la demandada agotó los recursos de que pudo disponer para cumplir con lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo para entregar al trabajador el aviso rescisorio, ante la imposibilidad de lograrlo, puesto que en los domicilios por él proporcionados, no fue factible localizarlo, el aviso presentado a la Junta, satisface el requisito legal referido, sin que en el caso resulte aplicable la Jurisprudencia de la Cuarta Sala, consultable en el último Apéndice, Quinta Parte, tesis 28, página 28, bajo el rubro: "AVISO DE RESCISION DE LA RELACION LABORAL, NOTIFICACION POR MEDIO DE LA JUNTA DEL. SOLO PRODUCE EFECTO CUANDO EL TRABAJADOR SE NEGO PREVIAMENTE A RECIBIRLO."

TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/208788-c7353131/rescision-de-la-relacion-laboral-aviso-de-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 500/93. Eduardo Ortigoza Garza. 9 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario: José de Jesús Murrieta López. Amparo directo 159/89. Francisco Javier Aguilar Chávez. 16 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario: Antonio Valdivia Hernández. Amparo directo 450/87. Instituto Mexicano del Seguro Social. 20 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario: Víctor Jáuregui Quintero. Véase: Informe de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 1987, Cuarta Sala, tesis número 15, página 18.

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