RESCISION DE LA RELACION DE TRABAJO, AVISO DE, PARA SU ENTREGA, EL PATRON PUEDE ACUDIR AL DOMICILIO DEL TRABAJADOR.
Aun cuando el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, parte in fine, no expresa en forma categórica que la parte patronal esté obligada a efectuar la notificación del aviso de rescisión a su trabajador en el domicilio de éste, lo cierto es que dicho precepto legal tampoco señala que tal aviso deba entregarse en el propio centro de trabajo y que si ahí se niega su recepción por el trabajador pueda entonces acudir el patrón a la autoridad laboral, de lo que se sigue que si dicha disposición no lo contempla así, no queda entonces liberado este último de cumplir, en general, con la entrega del citado aviso, aun en el domicilio del trabajador, y si haciéndolo en éste, dicho trabajador se niega a recibirlo, opera entonces la disposición de hacérselo llegar en su propio domicilio por la Junta respectiva.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/220293-8ad9aa59/rescision-de-la-relacion-de-trabajo-aviso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AVISO DE RESCISIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. CONSECUENCIAS ANTE LA IMPOSIBILIDAD DE LA JUNTA DE NOTIFICARLO AL TRABAJADOR. (VII.2o.T.38 L (10a.))
- AVISO DE RESCISIÓN. IMPOSIBILIDAD PARA CUMPLIR CON LA OBLIGACIÓN PREVISTA EN LA PARTE FINAL DEL ARTÍCULO 47 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.- (737)
- AVISO DE RESCISION. IMPOSIBILIDAD PARA CUMPLIR CON LA OBLIGACION PREVISTA EN LA PARTE FINAL DEL ARTICULO 47 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. (I.6o.T.617 L)
- AVISO DE RESCISION. IMPOSIBILIDAD PARA CUMPLIR CON LA OBLIGACION PREVISTA EN LA PARTE FINAL DEL ARTICULO 47 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. (I.6o.T. J/12)
- RESCISION DE LA RELACION DE TRABAJO, AVISO DE. OBLIGACION DEL PATRON DE ACREDITAR QUE EL TRABAJADOR SE NEGO A RECIBIRLO. (s/clave)
- AVISO DE RESCISIÓN. IMPOSIBILIDAD PARA CUMPLIR CON LA OBLIGACIÓN PREVISTA EN LA PARTE FINAL DEL ARTÍCULO 47 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. (1379)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis