Corpus
Modo: Corpus Pro

COMPETENCIA TERRITORIAL, FUNDAMENTACION DE LA.

Clave: I.4o.A.94 K · Registro digital (IUS): 209032 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 155

Para que un acto de autoridad cumpla con los requisitos previstos por el artículo 16 constitucional, es necesario que la autoridad funde su competencia por razón de territorio, esto es, que cite, además del artículo respectivo, el apartado e inciso que le confieren facultades para actuar dentro de un territorio determinado (en los casos en que tal competencia esté contenida en un apartado o inciso), pues si sólo se cita el precepto y no el apartado y el inciso, se crearía un estado de incertidumbre jurídica en perjuicio del particular.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/209032-f539c926/competencia-territorial-fundamentacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 564/94. Administrador de lo Contencioso "2" de la Administracion General Jurídica de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 25 de mayo de 1994. Mayoría de votos. Ponente: Jaime C. Ramos Carreón. Disidente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretario: Luis Enrique Ramos Bustillos.

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