ACTO RECLAMADO.
El acto reclamado debe apreciarse en el juicio de amparo tal como aparezca probado ante la autoridad responsable, en el momento de ejecutarse.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/211003-0c6c82df/acto-reclamado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 269/88. N.C.R. Industrial de México, S.A. de C.V. 5 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Alejandro Esponda Rincón.
Véase: Apéndice de Jurisprudencia 1917-1985, Tesis 1, Octava Parte, pág 3.
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