ARRENDAMIENTO, CONTRATO DE. CODIGO CIVIL APLICABLE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).
Si el contrato de arrendamiento fundatorio de la acción fue celebrado durante la vigencia del Código Civil del Estado de Puebla de mil novecientos uno, y si el Código Civil actual empezó a regir a partir del primero de junio de mil novecientos ochenta y cinco, es incuestionable que éste no podría aplicarse en el caso, pues de hacerlo se incurriría en violación de la no retroactividad en la aplicación de la ley. Así que, la ley sustantiva civil actual, es aplicable a los actos celebrados a partir de la fecha en que entró en vigor.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/211113-028af6d7/arrendamiento-contrato-de-codigo-civil-aplicable-legislacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ARRENDAMIENTO. PRORROGA EN LOS CONTRATOS DE. CODIGO CIVIL APLICABLE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA). (VI. 2o. 681 C)
- ARRENDAMIENTO. PRORROGA EN LOS CONTRATOS DE. CODIGO CIVIL APLICABLE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA). (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL CONTRATO DE. LEY APLICABLE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA). (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, LEY QUE LO RIGE. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO. CONTRATO DE, CELEBRADO EN LA EPOCA EN QUE EL ARTICULO 2478 DEL CODIGO CIVIL, ERA RENUNCIABLE, DEBE APLICARSE, SI NO SERIA RETROACTIVO EN PERJUICIO DEL ARRENDATARIO. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO. ACCIONES DE OTORGAMIENTO DE CONTRATO POR ESCRITO Y DE PRORROGA SON CONTRADICTORIAS. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis