ARRENDAMIENTO. PRORROGA EN LOS CONTRATOS DE. CODIGO CIVIL APLICABLE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).
Si el contrato de arrendamiento se celebró cuando estaba vigente el Código Civil del Estado de Puebla de mil novecientos uno, el cual no reglamentaba la prórroga en los contratos de arrendamiento a que alude el actual código sustantivo, aunque el quejoso alegue la aplicación a su favor de la citada prórroga, las disposiciones observables son las del anterior código, pues de lo contrario se darían efectos retroactivos al código vigente, en perjuicio del arrendador, lo que prohíbe el artículo 14 de nuestra Carta Magna.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/211140-623a22f4/arrendamiento-prorroga-en-los-contratos-de-codigo-civil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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