Corpus
Modo: Corpus Pro

PARRICIDIO. PRETERINTENCIONALIDAD EN EL.

Clave: II.1o.111 P · Registro digital (IUS): 213202 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 415

Aun cuando el parricidio, constituye un tipo cualificado en relación al homicidio, aquél forma una nueva figura delictiva, que cobra autonomía e independencia, por tanto el hecho de que se aduzca que el activo en la comisión del primero de los ilícitos haya actuado preterintencionalmente no implica que deba sancionársele como homicidio, pues si bien el "error in persona" y la "aberratio ictus", son concurrentes en el parricidio, sí es dable la forma culposa de comisión porque se requiere en el activo una conducta desarrollada con el propósito de dañar, lo cual configura la forma de comisión determinada preterintencionalidad, caracterizada por participar con dolo en el fin de dañar y culpa en el resultado y por lo mismo esta forma de culpabilidad es compatible con el parricidio. Además considerar el delito de homicidio y no el de parricidio implica una reclasificación del delito violando lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 19 constitucional que determina que los procesos se seguirán forzosamente por el delito o los delitos señalados en el auto de formal prisión. Por otro lado, no corresponde al tribunal de amparo hacer esa reclasificación, aun de ser permitido esto último, porque implicaría asumir facultades de exclusiva competencia de la autoridad responsable.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/213202-07319605/parricidio-preterintencionalidad-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 247/93. Tereso Ladrillero Poblano. 27 de abril de 1993. Mayoría de votos. Ponente: Raúl Díaz Infante Aranda. Secretario: Rigoberto F. González Torres.

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