Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, GOZARAN DEL PAGO DE PRIMA DE ANTIGÜEDAD, CONTEMPLADA POR LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 214237 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XII, Diciembre de 1993; Pág. 982

El artículo 8o. transitorio del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio del Estado, de los Municipios y de los Organismos Coordinados y Descentralizados de Carácter Estatal, establece que los trabajadores al servicio del Estado, gozarán de todos los beneficios que otorga la Ley Federal del Trabajo. Por tanto, como la prima de antigüedad es una de las prerrogativas contenidas en el artículo 162 de la ley en cita, el hecho de que no esté regulado en aquel estatuto, no implica que sea ajena al trabajo burocrático estatal y al estar contenida en la Ley Laboral Federal, debe pagarse al quejoso.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/214237-db0dc7f1/trabajadores-al-servicio-del-estado-gozaran-del-pago · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 665/93. Esteban Juárez Alcántara. 7 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Díaz Infante Aranda. Secretaria: Sonia Gómez Díaz González.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis