PERIODICOS. VALOR PROBATORIO DE LAS NOTAS DE LOS.
Las publicaciones en los periódicos únicamente acreditan que en su oportunidad se llevaron al cabo las propias publicaciones, con diversos reportajes y fotografías, pero de ninguna manera demuestran la veracidad de los hechos a que las citadas publicaciones se refieren.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/215573-bcbdd03e/periodicos-valor-probatorio-de-las-notas-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 436/92. Rafael Escobar Angles. 2 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Leonardo Rodríguez Bastar. Secretario: José Rivera Hernández.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, tercera parte, Volúmenes 145-150, Pág. 192.
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