INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. NO ES APLICABLE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES TRATANDOSE DE INMUEBLES PROPIEDAD DEL.
El Instituto Mexicano del Seguro Social, por expresa manifestación de su Ley Constitutiva es un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, y, por ende una entidad separada de la Federación, que sólo mantiene con el Poder Ejecutivo Federal, conforme a lo previsto por diversos ordenamientos legales, relaciones vinculatorias con la específica finalidad de regular el control administrativo de su funcionamiento orgánico, constituyéndose así como un ente que no forma parte integrante de la Federación; por tanto; es claro que, los inmuebles propiedad del Instituto en comento, aunque destinados a un servicio público nacional se encuentran al margen de la Ley General de Bienes Nacionales, en la medida que, ésta resulta aplicable exclusivamente a los que integran el patrimonio nacional; mas no a bienes que lejos de pertenecer a la Federación tienen su propia normatividad jurídica, como lo es el Instituto Mexicano del Seguro Social.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/215949-2ffd6f98/instituto-mexicano-del-seguro-social-no-es-aplicable · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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