Corpus
Modo: Corpus Pro

BILLETES DE BANCO, FALSIFICACION DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 217890 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 233

La simple reproducción, perfecta o imperfecta, de billetes de banco, sea cual fuere el color y medio empleado para hacerla, se considera delictuosa, porque gramaticalmente el concepto de falsificación involucra al de imitación y, en consecuencia, la conducta desplegada a efecto de crear imitativamente uno o varios billetes que aparenten haber sido emitidos por un banco autorizado (nacional o extranjero), con independencia del grado de perfección de la reproducción, es asimilable a cualesquiera de los tipos que, según el caso, prevé el artículo 238 del Código Penal Federal.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/217890-f19ee6cb/billetes-de-banco-falsificacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1420/91. Rodolfo Moreno Cárdenas. 28 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gonzalo Ballesteros Tena. Secretario: Juvenal Hernández Rivera.

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