BILLETES DE BANCO, FALSIFICACION DE.
La simple reproducción, perfecta o imperfecta, de billetes de banco, sea cual fuere el color y medio empleado para hacerla, se considera delictuosa, porque gramaticalmente el concepto de falsificación involucra al de imitación y, en consecuencia, la conducta desplegada a efecto de crear imitativamente uno o varios billetes que aparenten haber sido emitidos por un banco autorizado (nacional o extranjero), con independencia del grado de perfección de la reproducción, es asimilable a cualesquiera de los tipos que, según el caso, prevé el artículo 238 del Código Penal Federal.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/217890-f19ee6cb/billetes-de-banco-falsificacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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