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Modo: Corpus Pro

FIDEICOMISO DE GARANTIA. LA FALTA DE CONCURRENCIA DE LA FIDUCIARIA EN EL CONTRATO DE, LO HACE JURIDICAMENTE INEXISTENTE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 218181 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 339

Conforme a la interpretación lógico-sistemática de los artículos 346, 347, 350, 356 y 357, fracción VII de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en el fideicomiso de garantía la parte fiduciaria es la encargada de recibir el patrimonio fideicomitido, la cual además ejerce las facultades de dominio inherentes para el debido cumplimiento de los fines del fideicomiso. Por eso, si en el contrato de fideicomiso correspondiente no concurrió la fiduciaria, tal acto jurídico es inexistente.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/218181-e5aacc88/fideicomiso-de-garantia-la-falta-de-concurrencia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 101/92. Valente Aldaco González y Miguel Corona Rodríguez. 7 de julio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Secretario: Francisco Olmos Avilez.

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