Corpus
Modo: Corpus Pro

SEGURO SOCIAL. EL AVISO DE BAJA AL. NO DEMUESTRA LA FECHA EN QUE EL TRABAJADOR DEJA DE PRESTAR SUS SERVICIOS AL PATRON.

Clave: — · Registro digital (IUS): 218677 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Septiembre de 1992; Pág. 369

El documento en el que se contiene el aviso de baja de un trabajador ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, elaborado unilateralmente por el patrón y que carece de la firma de aquél, sólo demuestra la baja de un obrero ante el Instituto, mas no es apto para acreditar la fecha en que el trabajador dejó de prestar sus servicios para el patrón, pues dicho documento carece de idoneidad para probar ese hecho de conformidad con lo previsto en el artículo 784, fracciones III y IV, de la Ley Federal del Trabajo.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/218677-ee1f6b6f/seguro-social-el-aviso-de-baja-al-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 379/92. Autotransportes Temoayenses, S.A. de C.V. 18 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretario: Francisco Javier Rebolledo Peña.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.