Corpus
Modo: Corpus Pro

VEHICULOS DE IMPORTACION. PARA OBTENER LA SUSPENSION PROVISIONAL ES NECESARIO ACREDITAR SU LEGAL ESTANCIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 219203 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 443

Para obtener la suspensión provisional, es necesario aportar las pruebas adecuadas que demuestren la legal estancia en el país del vehículo de importación relativo, lo cual se acredita únicamente con el permiso de importación expedido por la autoridad competente.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/219203-b2efac13/vehiculos-de-importacion-para-obtener-la-suspension-provisional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 7/92. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 19 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Ibarrola González. Secretario: J. Martín Hernández Simental. Queja 11/92. Director de la Policía Fiscal Federal. 5 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Rodríguez Olmedo. Secretaria: Mercedes Rodarte Magdaleno.

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