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VEHICULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA. ES PROCEDENTE OTORGAR LA SUSPENSION PROVISIONAL SI EL PROPIETARIO ACREDITA EL PAGO DEL IMPUESTO A LA IMPORTACION DE LOS.

Clave: I. 1o. A. J/22 · Registro digital (IUS): 216253 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 65, Mayo de 1993; Pág. 33

Cuando la suspensión provisional es concedida para el efecto de que no se secuestren, confisquen o decomisen vehículos de procedencia extranjera, no se violan disposiciones de orden público, ni se sigue daño al interés social, si se acredita que el propietario cubrió los impuestos de importación correspondientes que establece el artículo 36 de la Ley Aduanera, por lo que debe estimarse que no existe violación a las disposiciones que regulan la importación de las mercancías extranjeras y, por tanto, no se transgrede el orden público ni se sigue daño al interés social.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/216253-ad4c5334/vehiculos-de-procedencia-extranjera-es-procedente-otorgar-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 81/92. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 31 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Luis María Aguilar Morales. Secretario: Luz Cueto Martínez. Queja 91/92. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 3 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretario: Teódulo Angeles Espino. Queja 121/92. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 11 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretario: Carlos Ruiz Constantino. Queja 111/92. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 10 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Luis María Aguilar Morales. Secretario: Antolín Hiram González Cruz. Queja 421/92. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 5 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretaria: Martha Elba Hurtado Ferrer. Nota: Sobre el tema tratado, la Segunda Sala resolvió la contradicción de tesis. Varios 7/92-SS, de la que derivó la tesis 2a./J. 19/94, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, número 84, página 17, con el rubro: "VEHICULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA, SUSPENSION TRATANDOSE DE. PARA SU PROCEDENCIA ES NECESARIO DEMOSTRAR LA LEGAL ESTANCIA EN EL PAIS."

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