COMISION NACIONAL DE AGUA. DELEGACION EXPRESA DE FACULTADES A LOS GERENTES ESTATALES.
De la interpretación armónica de los artículos 36, fracción III, inciso a) y 38, fracción III, inciso a) del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, se desprende que en materia de administración del agua, la Comisión Nacional del Agua tendrá como atribuciones, la de planear, regular y controlar la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales, así como promover programas y medidas para su uso eficiente; además de que para el ejercicio de sus atribuciones dicha comisión contará, entre otras, con las gerencias estatales que se establecerán en cada entidad estatal, cuya competencia será, entre otras, la de ejercer en la entidad correspondiente, las atribuciones de las unidades administrativas de la comisión que expresamente se les deleguen y siguiendo los lineamientos del titular de esa comisión. De lo anterior se desprende que para que los gerentes estatales de la Comisión Nacional del Agua puedan ejercer las atribuciones de las unidades administrativas de dicha Comisión, entre las que se encuentran las de regular y controlar la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales, se hace necesario que el titular de la Comisión delegue al gerente estatal correspondiente en forma expresa, esto es, a través de un acuerdo delegatorio, la facultad de ejercitar los mencionados derechos.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/219638-20306b5d/comision-nacional-de-agua-delegacion-expresa-de-facultades · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA. DELEGACIÓN EXPRESA DE FACULTADES A LOS GERENTES ESTATALES.- (320)
- COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA. SU DIRECTOR GENERAL ESTÁ FACULTADO PARA EMITIR ACUERDOS DE DISPONIBILIDAD DE LAS AGUAS DEL SUBSUELO A NIVEL NACIONAL. (III.2o.A.252 A (9a.))
- REVISIÓN, RECURSO DE. EL JEFE DE LA UNIDAD JURÍDICA DE LA GERENCIA ESTATAL DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA CARECE DE LEGITIMACIÓN PROCESAL ACTIVA PARA INTERPONER DICHO MEDIO DE DE (XVII.1o.15 A)
- TÍTULO DE CONCESIÓN PARA LA EXPLOTACIÓN DE AGUAS NACIONALES. EL GERENTE DEL REGISTRO PÚBLICO DE DERECHOS DE AGUA DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA CARECE DE FACULTADES PARA NEGAR SU (XVI.1o.A.190 A (10a.))
- COMPETENCIA TERRITORIAL DEL JEFE DE LA UNIDAD DE REVISIÓN Y LIQUIDACIÓN FISCAL DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA. PARA FUNDARLA DEBIDAMENTE AL DETERMINAR UN CRÉDITO FISCAL, BASTA CO (I.7o.A.737 A)
- REVISIÓN FISCAL. EL GERENTE DE LO CONTENCIOSO DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER ESE RECURSO EN REPRESENTA (I.4o.A.489 A)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis