DOCUMENTOS PRIVADOS, FECHA CIERTA DE LOS.
Se considera que se encuentra en presencia de documentos privados con fecha cierta, cuando éstos han sido presentados a un registro público o ante un funcionario que en razón de su oficio se encuentra investido de fe pública, o a partir del momento en que se muere cualquiera de sus firmantes.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/219705-d86a5300/documentos-privados-fecha-cierta-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 200/91. María de Jesús Floriano de G. 16 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Rogelio Sánchez Alcáuter. Secretaria: Martha G. Ortiz Polanco.
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