PRUEBAS, APRECIACION DE LAS. (LEGISLACION DEL ESTADO DE SONORA).
Tratándose de la facultad de los jueces para la apreciación de las pruebas, el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora adopta el sistema mixto de valoración, en razón de que, por una parte, algunos medios de prueba (confesión judicial, documentos literales, inspección judicial y presunciones legales) les otorga un valor tasado legalmente sistema de prueba legal o tasada y, por otro lado, a otros medios de prueba (dictámenes periciales, documentos técnicos, testimonios y presunciones humanas) los confía a la libre apreciación razonada del juzgador.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/219855-f4ccda34/pruebas-apreciacion-de-las-legislacion-del-estado-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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