TENTATIVA Y DELITO CONSUMADO. DIFERENCIAS.
Resulta incorrecto afirmar que se reclasificó el delito de violación equiparada, al haber considerado la Sala señalada como autoridad responsable que dicho ilícito se cometió en grado de tentativa, cuando en primera instancia el juez de la causa lo estimó consumado, toda vez que ello no cambia el tipo penal, sino el grado de responsabilidad del sujeto activo, porque la tentativa no es una entidad delictiva autónoma, sólo es una de las fases externas de la ejecución del delito.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/220336-d0daca79/tentativa-y-delito-consumado-diferencias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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