ACCION REIVINDICATORIA. PRUEBA DEL TITULO DE PROPIEDAD DE LOS HEREDEROS.
Cuando los herederos ejercitan la acción reivindicatoria sobre los bienes del de cujus, para acreditar el elemento relativo a la propiedad del inmueble, además de existir las constancias de adjudicación, basta que demuestren por cualquier forma indubitable, la existencia del título por el que éste lo hubo, sin necesidad de exhibir materialmente el documento donde conste su adquisición, pues la simple manifestación de los datos relativos a ésta, ya sea en la escritura de adjudicación o en algún otro contrato, son suficientes para que la parte contraria esté en aptitud de desvirtuar su dicho.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/220419-3e50b5b0/accion-reivindicatoria-prueba-del-titulo-de-propiedad-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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