ASALTO Y ROBO, COEXISTENCIA DE LOS DELITOS DE.
Es inexacto que el delito de asalto no pueda coexistir con el ilícito de robo, en razón de que ambas figuras son autónomas, y debe sancionarse el delito de asalto con independencia de la comisión de cualquier otro hecho delictuoso.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/220721-e7e47ca5/asalto-y-robo-coexistencia-de-los-delitos-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 364/91. Armando Bermúdez González y Gilberto Pérez Castro. 12 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Stalin Rodríguez López.
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