ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL CONTRATO DE. PROCEDENCIA (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).
La procedencia de la prórroga del contrato de arrendamiento no depende del hecho de que vencido el contrato, las partes se sigan comportando respectivamente como arrendador y arrendatario, o de que el primero no promueva la acción de terminación del contrato de arrendamiento, inmediatamente después de vencido éste, sino de que se encuentren satisfechos los requisitos previstos en el artículo 2321 del Código Civil del Estado de Puebla.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/221905-3e4f855e/arrendamiento-prorroga-del-contrato-de-procedencia-legislacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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