ARRENDAMIENTO, CONTRATO DE. LA CONFESION FICTA POR SI SOLA ES INSUFICIENTE PARA ACREDITARLO.
La confesión ficta por incomparecencia a absolver posiciones, es insuficiente por sí sola para acreditar plenamente la celebración de un contrato de arrendamiento que deba constar por escrito por disposición de la ley, por ser un elemento poco confiable para llevar por camino seguro a la verdad objetiva, por su propia naturaleza; es decir, como la ley exige que ciertos actos jurídicos consten por escrito, como un requisito ad probationem, con el fin de que se produzca certeza y seguridad plena sobre su existencia y de las obligaciones y derechos que le resulten a las partes, caso en el que se encuentran los contratos de arrendamiento a que se refiere el artículo 2406 del Código Civil para el Distrito Federal, pero esta exigencia no lleva al extremo de impedir que, cuando no se celebre uno de estos actos en la forma requerida, se pueda acreditar su existencia y contenido por otros medios de prueba, pues no existe disposición o principio jurídico que establezca una restricción en este sentido, sin embargo, como la finalidad perseguida con dicho formalismo atañe a la seguridad jurídica y al interés social, los elementos que sustituyan la forma escrita deben producir una fuerza de convicción equivalente, por lo menos, a la que generan los documentos no objetados ni impugnados de falsedad. En estas condiciones, es evidente que la confesión ficta no satisface por sí sola la exigencia en cuestión, dado que las reglas de la lógica y de la experiencia, demuestran que esta probanza no puede producir el mismo grado de convicción que un documento privado no objetado ni impugnado de nulidad, por lo que sólo debe tenerse como un indicio cuando se trate de acreditar un contrato de arrendamiento, y que para constituir prueba plena, debe adminicularse con otros elementos de convicción.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/222843-6b6f26f1/arrendamiento-contrato-de-la-confesion-ficta-por-si · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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