FIRMA INDUBITABLE, NO SIEMPRE TIENE ESA CALIDAD LA ASENTADA ANTE EL JUEZ.
No siempre la firma que se asienta ante la autoridad judicial puede servir de base al dictamen de los peritos como indubitable, si de las mismas constancias de autos aparece como un hecho notorio que no se trata de la rúbrica que el demandado acostumbra usar por ser absolutamente distinta de la que aparece en los diversos ocursos suscritos por él y que obran en autos; de ahí que la autoridad responsable en la desestimación de la prueba tenga razón en el sentido de que la oferente en forma deliberada puso una firma distinta de la que ordinariamente utiliza en sus negocios, con la finalidad de obtener un dictamen pericial favorable a sus intereses.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/222925-5db62b4e/firma-indubitable-no-siempre-tiene-esa-calidad-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBA PERICIAL. NO RIGE EN RELACIÓN CON ELLA EL PRINCIPIO DE LA MAYORÍA EN CUANTO AL NÚMERO DE DICTÁMENES COINCIDENTES. (I.8o.C.25 K )
- PRUEBA PERICIAL. SI LOS PERITOS CARECEN DE ELEMENTOS SUFICIENTES PARA EMITIR UN DICTAMEN AJUSTADO A DERECHO CARECE DE EFICACIA PROBATORIA LA. (XX.431 C)
- PRUEBA PERICIAL. SI LOS PERITOS CARECEN DE ELEMENTOS SUFICIENTES PARA EMITIR UN DICTAMEN AJUSTADO A DERECHO CARECE DE EFICACIA PROBATORIA LA.- (1301)
- PRUEBA PERICIAL. FIRMA INDUBITABLE. (s/clave)
- DOCUMENTOS ELABORADOS EN FORMA UNILATERAL POR SU OFERENTE. CARECEN DE VALOR PROBATORIO AUN CUANDO NO HAYAN SIDO OBJETADOS. (I.11o.C.2 K )
- FIRMAS. DISCREPANCIA ENTRE LA QUE CALZA LA DEMANDA DE GARANTIAS Y LA QUE APARECE EN EL ESCRITO ACLARATORIO DE LA MISMA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis